La Usina de Tandil informa a las entidades de bien público de la ciudad que existe para ellas un régimen tarifario específico, que establece que la tarifa a aplicar debe asimilarse en sus componentes fijo y variable, a la categoría Tarifaria Residencial (T1R), correspondiente al rango de consumo de la entidad que solicita el beneficio.

La misma es aplicable a los suministros encasillados en pequeñas demandas (hasta 10 kw de potencia) y se obtiene una reducción del valor final de la factura si los consumos son inferiores a 1400 kw/h por mes.

Para la incorporación al mencionado régimen, las mismas deberán presentar nota de solicitud en los Centros de Atención a Clientes de Usina Tandil acompañando la constancia de inscripción en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y/o copia certificada de inscripción o registro en los organismos correspondientes a su actividad que acredite la condición de entidad de bien público.

La vigencia en la aplicación del Régimen Especifico operará a partir de la facturación que se emita luego de la fecha de aprobación de la solicitud de incorporación al mismo.

Se reconoce como entidad de bien público, a las asociaciones, sociedades, fundaciones y toda otra entidad, cualquiera sea su naturaleza, que desarrollen actividades de interés social, cultural, benéfico, en general de cooperación para el logro del bienestar de la comunidad.

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