Señor Presidente:
En cumplimiento de lo instruido por la Autoridad de Aplicación, notifico a Ud. que, los distribuidores provinciales y municipales, en las facturas emitidas a partir del 14 de setiembre de 2016 deberán aplicar los valores de los cuadros tarifarios aprobados por la Resolución MIySP Nº 22/16 así como la «Tarifa Social» plena, quedando sin efecto la metodología de aplicación del cuadro tarifario aprobada por el directorio del OCEBA en su reunión del día 17 de agosto de 2016 (Acta de Directorio Nº 888).
Asimismo se hace saber que oportunamente se instruirá respecto a las diferencias no trasladadas a los usuarios con relación a los costos mayoristas de abastecimiento que en virtud de la aplicación de la Resolución MEyM Nº 6/16 pudiera reclamar CAMMESA o la Distribuidora proveedora.
Sin otro particular, saludo a usted atentamente.

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